ACCIDENTES PERSONALES






Un amplio espectro de coberturas diseñadas para cubrir todas las eventualidades de la vida laboral o particular

En todos los casos se puede contratar en forma individual o colectiva. Para trabajadores y profesionales independientes, así como también para aquellos que no estén alcanzados por la Ley de Riesgos del Trabajo.



COBERTURAS

MUERTE
  • Accidentes que causen la muerte del asegurado. Cobertura de contratación obligatoria.
INVALIDEZ TOTAL Y PARCIAL
  • Invalidez total o parcial incurable sobrevenida a consecuencia de un accidente. La indemnización dependerá de la naturaleza y gravedad de la lesión.
ASISTENCIA MÉDICO FARMACÉUTICA
  • Gastos de asistencia médico-farmacéutica que el asegurado asumió a su cargo como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza.
  • La indemnización será hasta el límite cubierto por el plan y por reintegro o por prestación directa en los centros asistenciales de la red del asegurador, según las condiciones de contratación.
  • Incluye gastos por traslado en ambulancia hacia centros de atención cuando la gravedad del caso lo haga necesario, y en el momento inmediatamente siguiente al accidente.
Principales exclusiones:
  • Gastos por traslados a centros asistenciales para tratamientos posteriores al accidente.
  • Rehabilitaciones
  • Suministro de lentes, aparatos ortopédicos y prótesis dentales.
GASTOS DE SEPELIO
  • Cubre parte de los costos por servicios fúnebres.
Renta diaria por incapacidad transitoria
  • Como cobertura adicional se establece una suma diaria indemnizatoria mientras dure la incapacidad para trabajar. Posee carencias según el plan.

Destinatarios
  • Trabajadores
  • Profesionales independientes
  • Alumnos de escuelas y otras entidades educativas
  • Deportistas no profesionales
  • Directivos, socios y gerentes de empresas


Los límites de cobertura así como las pautas de suscripción y las franquicias, pueden variar dependiendo de las condiciones fijadas por cada Aseguradora. Todas las coberturas están sujetas a los términos, condiciones, límites y exclusiones que se establecen en la póliza emitida por San Cristóbal S.M.S.G.; Compañía de Seguros El Norte S.A.; Sancor Coop. de Seguros Ltda.; Mapfre Argentina Seguros S.A.; Mapfre Argentina Seguros de Vida S.A.; Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A.; Río Uruguay Coop. de Seguros Ltda.; La Perseverancia Seguros S.A.; Paraná S.A. de Seguros; Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltda.; CNP Assurances Compañía de Seguros S.A.; Galeno Seguros S.A.; La Holando Sudamericana Cía de Seguros S.A.; Previnca Seguros S.A.; Prudencia Compañía Argentina de Seguros Grales S.A.; Asociart S.A. ART; Prevención ART S.A.; Andina ART S.A.; San Cristóbal Seguro de Retiro S.A. o Prevención Seguros de Retiro S.A. que se reserva el derecho de modificar sin previo aviso las coberturas, productos y servicios descriptos.